Las y los diputados de la LX Legislatura aprobaron reformas para regular la publicidad electoral y avalaron reformas para regular las zonas adyacentes a los espectaculares estatales, federales o municipales.
En Sesión Extraordinaria virtual el Pleno de la LX Legislatura del Congreso del Estado de Puebla aprobó, por mayoría de votos en lo general, reformas al Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla para la regulación de la publicidad electoral.
Esto con la intención de que se privilegie el principio de legalidad y condiciones que aseguren la igualdad en la adquisición de espacios publicitarios para colocar la propaganda durante los comicios.
En este sentido, se define, entre otros, que la publicidad electoral no podrá colgarse, fijarse o pintarse en elementos del equipamiento urbano incluyendo mamparas, bastidores o cualquier accesorio que se le cuelgue o fije; así como en equipamiento carretero o ferroviario, ni en accidentes geográficos cualquiera que sea su régimen jurídico.
Tampoco podrá obstaculizar la visibilidad de los señalamientos que permiten a las personas transitar y orientarse dentro de los centros de población, de lo contrario, el Instituto ordenará el retiro de la propaganda electoral.
Y, no podrá colgarse, fijarse, pintarse o adherirse propaganda electoral de partidos políticos y personas candidatas, incluyendo portadas de revistas, libros, anuncios de entrevistas o de diarios y cualquier otro elemento que contenga la imagen, nombre, símbolos, siglas o elemento que induzcan a la persona a saber que se trata de determinado candidato o político.
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